Las medidas fijadas en un divorcio o una separación no son para siempre. Si las circunstancias cambian de forma importante, la modificación de medidas permite adaptar la pensión, la custodia o el régimen de visitas a la nueva situación. Te explicamos cuándo procede y cómo se tramita.
Qué es la modificación de medidas
Es el procedimiento para cambiar lo acordado en la sentencia o en el convenio regulador: pensión de alimentos, pensión compensatoria, custodia, visitas o uso de la vivienda familiar. También se aplica a las medidas fijadas para los hijos de parejas no casadas.
Cuándo se puede pedir la modificación de medidas
Los tribunales exigen que el cambio de circunstancias reúna estos requisitos:
- Que sea relevante, no una variación menor.
- Que sea posterior a la sentencia o al convenio y no estuviera previsto entonces.
- Que sea estable, no una situación pasajera.
- Que no lo haya provocado voluntariamente quien lo alega.
- Que se pueda acreditar con documentos u otras pruebas.
Cuando la modificación afecta a los hijos, lo decisivo es su interés: basta con que el cambio responda a sus nuevas necesidades.
Casos más habituales
- Pérdida del empleo o reducción importante y duradera de los ingresos de quien paga la pensión.
- Mejora sustancial de la situación económica del otro progenitor.
- Nacimiento de nuevos hijos, valorando la situación económica en su conjunto.
- Paso de la custodia exclusiva a la compartida, o al revés.
- Cambio de domicilio o de ciudad de uno de los progenitores.
- Hijos mayores de edad que ya tienen ingresos propios.
- Nueva convivencia en pareja de quien cobra la pensión compensatoria o usa la vivienda familiar.
Cómo se tramita
- De mutuo acuerdo. Los dos firman un nuevo convenio regulador y el juzgado lo aprueba. Es la vía más rápida y económica. Si no hay hijos menores, puede hacerse ante notario.
- Sin acuerdo. Hay que presentar demanda ante el juzgado que dictó las medidas. Desde abril de 2025 es obligatorio intentar antes una negociación, una mediación u otro medio de solución de conflictos. Si la situación es urgente, se pueden pedir medidas provisionales.
Qué documentos conviene reunir
- Sentencia y convenio regulador que se quieren modificar.
- Nóminas, declaraciones de la renta, vida laboral o resolución de desempleo.
- Justificantes de los gastos de los hijos.
- Certificado de empadronamiento y documentos del cambio de domicilio.
- Cualquier prueba del cambio de circunstancias.
Tres errores frecuentes
- Dejar de pagar o pagar menos por cuenta propia. La pensión sigue siendo exigible hasta que una resolución la cambie. Lo que no se pague se puede reclamar, y el impago reiterado puede ser delito.
- Esperar demasiado. Con carácter general, la nueva pensión se aplica desde la resolución que la fija, no desde que cambió la situación.
- Cambiar las cosas solo de palabra. Un acuerdo verbal entre los progenitores no modifica la sentencia. Para que tenga efectos debe aprobarse judicialmente.
¿Necesitas modificar tus medidas?
En Nervo Abogados estudiamos si tu caso reúne los requisitos y negociamos un nuevo acuerdo o presentamos la demanda. Conoce nuestro servicio de abogados de familia en Sevilla, lee cómo funciona el divorcio de mutuo acuerdo, escríbenos o llámanos al 699 51 89 60.
