Recibes una carta, una llamada o una notificación del juzgado de una empresa que no conoces y que te reclama una deuda antigua de una tarjeta, un préstamo o una factura de teléfono. Lo más probable es que un fondo de inversión, lo que se conoce como fondo buitre, haya comprado tu deuda. Te explicamos qué puede exigirte y cómo defenderte.
Qué es un fondo buitre y por qué te reclama
Los bancos, las financieras y las compañías de telefonía venden en bloque sus deudas impagadas a fondos de inversión, normalmente por una pequeña parte de su valor. El fondo pasa a ser el nuevo acreedor y reclama el importe íntegro, con intereses y comisiones. La venta es legal y no necesita tu consentimiento, pero eso no significa que todo lo que reclama sea correcto.
Qué debe acreditar el fondo
- Que la deuda es suya. Debe probar que tu crédito concreto está incluido en la cartera que compró. No basta con un certificado genérico.
- Que la deuda existe y cuánto es. Tiene que aportar el contrato y un desglose de capital, intereses y comisiones.
- Que no ha prescrito. Con carácter general, las deudas de préstamos y tarjetas prescriben a los cinco años desde que pudieron reclamarse, salvo que el plazo se haya interrumpido.
Además, muchos de estos contratos incluyen intereses usurarios o cláusulas abusivas (tarjetas revolving, microcréditos, comisiones por impago), que pueden reducir mucho la cantidad debida o incluso dejarla en nada.
Si te llega un procedimiento monitorio
Es la vía que más utilizan. El juzgado te notifica la reclamación y te da 20 días hábiles para pagar u oponerte.
- Si no haces nada, el fondo podrá pedir el embargo de tu nómina, tus cuentas o tus bienes, y ya será mucho más difícil discutir la deuda.
- Si te opones con abogado, el fondo tendrá que demostrar en juicio todo lo anterior. Muchas reclamaciones no superan ese examen.
No ignores nunca una notificación del juzgado, aunque no reconozcas la deuda.
Qué puedes alegar frente al fondo buitre
- Falta de prueba de la compra de tu deuda.
- Prescripción.
- Intereses usurarios o cláusulas abusivas.
- Falta de documentación o errores en el cálculo.
- Pagos que no se han descontado.
Llamadas insistentes y ficheros de morosos
- El fondo puede reclamarte el pago, pero no acosarte con llamadas continuas, contactar con tu familia o tu empresa ni amenazarte.
- Solo pueden incluirte en un fichero de morosos si la deuda es cierta, está vencida y te han requerido antes el pago. Si la deuda está discutida, la inclusión puede ser indebida y dar derecho a una indemnización.
Qué opciones tienes
- Comprobar la deuda antes de pagar o de reconocer nada por teléfono.
- Oponerte si hay motivos, dentro del plazo.
- Negociar una quita. Como el fondo compró la deuda con un gran descuento, a menudo acepta cobrar bastante menos. El acuerdo debe constar por escrito.
- Ley de Segunda Oportunidad, si no puedes hacer frente al conjunto de tus deudas.
Cómo contactar con el fondo que te reclama
Normalmente no tratarás con el fondo, sino con una empresa de recobro o gestora que actúa en su nombre. Sus datos de contacto suelen aparecer en la carta o el SMS. Si no te consta nada, puedes buscar el nombre del fondo en la notificación de la cesión, si te la enviaron.
Antes de pagar o negociar, conviene que la comunicación sea por escrito y con prueba de envío. Lo más habitual es un burofax con acuse de recibo y certificación de texto, o un correo electrónico a la dirección oficial que indique la gestora. En ese escrito puedes pedir:
- La prueba de la cesión. Que acrediten quién es hoy el titular de la deuda y que tu crédito concreto está incluido en la venta.
- El desglose de la deuda. Cuánto es capital, cuánto intereses y cuánto comisiones o gastos.
- Una copia del contrato original y de los movimientos que justifican la cantidad.
No reconozcas la deuda ni hagas pagos «a cuenta» hasta revisar esa documentación. Un pago o un reconocimiento por escrito pueden interrumpir la prescripción y dar nueva vida a una deuda que quizá ya no te podían reclamar.
¿Se puede denunciar a un fondo buitre?
Que un fondo compre una deuda y la reclame es legal. Lo que no es legal es cómo lo hacen en algunos casos. Según lo que ocurra, tienes estas vías:
- Llamadas a horas intempestivas, insultos, amenazas o mensajes a familiares, vecinos o compañeros de trabajo. Esto puede vulnerar la normativa de protección de datos y la de consumo. Puedes reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos. Si hay amenazas o coacciones, también puedes denunciar ante la Policía o el juzgado.
- Inclusión en un fichero de morosos (como ASNEF) con una deuda discutida, incorrecta o prescrita. Puedes pedir la cancelación a la empresa del fichero y, si no te responden, reclamar ante la Agencia de Protección de Datos. En algunos casos procede además una indemnización por vulneración del derecho al honor.
- Cobro de cantidades que no se deben. Por ejemplo, comisiones o intereses abusivos, o deudas ya pagadas. Reclama primero ante el servicio de atención al cliente de la entidad. Si no te responden o no estás conforme, acude al organismo de supervisión que corresponda o a la vía judicial.
Guarda todo: cartas, SMS, correos y capturas del registro de llamadas. Es la prueba que necesitarás.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que contestar a las llamadas del fondo?
No estás obligado. Es preferible pedir por escrito que te remitan la documentación y que las comunicaciones sean por esa vía.
¿Qué hago si el fondo me demanda?
Lo normal es que inicie un proceso monitorio. Tienes 20 días hábiles para oponerte. Te explicamos cómo en Me ha llegado un monitorio: cómo oponerte en 20 días.
¿Te reclama una deuda un fondo buitre?
En Nervo Abogados revisamos la reclamación, comprobamos si la deuda está prescrita o tiene cláusulas abusivas y te defendemos en el monitorio. Conoce nuestro servicio de derecho bancario, escríbenos o llámanos al 699 51 89 60.
