Divorcios y separaciones, custodia de los hijos, pensiones y liquidación de gananciales. Te asesoramos con discreción y buscamos acuerdos que protejan a tus hijos y tu patrimonio; si no es posible, defendemos tus intereses ante el juzgado.
Una ruptura obliga a tomar decisiones importantes en poco tiempo: con quién vivirán los hijos, cómo se reparten los gastos, qué pasa con la vivienda y con los bienes comunes. Un buen asesoramiento desde el principio evita conflictos posteriores y facilita el acuerdo.
Si hay acuerdo, el procedimiento es rápido y sencillo. Si no lo hay, desde abril de 2025 la ley exige, con carácter general, intentar una negociación o mediación antes de acudir al juzgado. Te acompañamos en ambas vías.
De mutuo acuerdo, ante notario o en el juzgado, y contenciosos cuando no hay acuerdo.
Custodia compartida o exclusiva, régimen de visitas y decisiones sobre los hijos.
Pensión de alimentos de los hijos, gastos extraordinarios y pensión compensatoria.
Liquidación de gananciales, uso de la vivienda familiar y división de bienes comunes.
Es posible pasados tres meses desde la boda. Los cónyuges firman un convenio regulador con todas las medidas.
Si no hay hijos menores ni hijos con discapacidad que dependan de los padres, puede hacerse ante notario; si los hay, en el juzgado, con informe del Ministerio Fiscal. Puede llevarlo un único abogado para ambos.
Antes de demandar hay que intentar un acuerdo mediante negociación entre abogados, mediación u otro medio adecuado. Si solo se pide el divorcio, sin otras medidas, no es necesario.
Mientras dura el proceso se pueden pedir medidas provisionales sobre la custodia, la pensión y el uso de la vivienda, para que la situación quede ordenada desde el principio.
Escuchamos tu situación, la de tus hijos y tu patrimonio, y te explicamos las opciones.
Preparamos el convenio o negociamos con la otra parte para alcanzar un acuerdo.
Tramitamos el divorcio ante notario o en el juzgado y te defendemos si no hay acuerdo.
Te ayudamos si hay incumplimientos o si más adelante hay que modificar las medidas.
Ante notario puede resolverse en pocas semanas. En el juzgado depende de la carga de trabajo, pero suele resolverse en unos meses. Un contencioso se alarga bastante más.
Sí, en el divorcio de mutuo acuerdo es posible. Si no hay acuerdo, cada parte necesita su propio abogado.
Es cada vez más habitual, pero el juez decide siempre en función del interés de los hijos, teniendo en cuenta la dedicación de cada progenitor, la cercanía de los domicilios y la opinión de los menores.
Sí, mediante un procedimiento de modificación de medidas, si el cambio es sustancial y no estaba previsto cuando se fijó la pensión.
Se puede pedir al juzgado que ejecute la sentencia y embargue sus bienes. Además, dejar de pagar dos meses seguidos o cuatro no consecutivos puede ser delito.
Requisitos, pasos y documentos, ante notario o en el juzgado.
Cuándo procede, cómo se tramita y qué errores conviene evitar.
Cuéntanos tu situación. Te asesoramos con total confidencialidad y te explicamos tus opciones.